Comisión (S.I.T.)

Según lo establecen los artículos 28º y 29º de Reglamento SIT, una comisión coordinada por  Pro-tesorera estudia, analiza y sugiere al Consejo Directivo acera de las solicitudes por los distintos beneficios que presentan los asociados. La comisión también se ha ocupado de visitar a los colegas que se encuentran en situación de enfermedad.

Forma parte de la misma la Lic. Rosa Mitre, que desde que se puso en vigencia, no ha dejado de colaborar con el espíritu solidario que anima el otorgamiento de los subsidios.

El  S.I.T. es un beneficio que el CPT otorga a los colegas, que atraviesan problemas de salud. También por nacimiento de hijos, por adopción y  por fallecimiento, del titular psicólogo, su cónyuge y/o hijo.

Comisión S.I.T.

El importe del  beneficio es:

  • $ 1200 pesos por enfermedad, para profesionales sin relación de dependencia.
  • $ 600 para profesionales con relación de dependencia.
  • $600 por nacimiento, para profesionales sin relación de dependenci.
  • $ 300 por nacimiento, para profesionales con relación de dependencia.
  • $ 1200 por fallecimiento.
  • $1200 por sepelio para el asociado.

Requisitos:

  • Estar con la matricula activa.
  • Presentar solicitud acompañada de certificado emitido por profesional.
  • En el certificado debe constar: diagnóstico, alcances del impedimento, fecha de inicio del  impedimento y probable duración del mismo.
  • Declaración negativa de aportes del ANSSES, para los que tienen práctica privada.
  • En un plazo de 15 días. En caso, que el problema de enfermedad, ocurriera en otra provincia, se extenderá el plazo de presentación, por treinta días.

Reglamento del Subsidio (S.I.T.)