El uso indebido de los tests
Considerando las numerosas y continuas situaciones en las que se observa que personas y profesionales no psicólogos/as utilizan instrumentos de evaluación psicológica y realizan procesos de psicodiagnóstico, esta Federación de Psicólogos en consulta con la Asociación Argentina de Estudios e Investigación en Psicodiagnóstico (ADEIP) emite esta resolución que se produce entre otras razones, por la preocupación que genera dicha situación que conlleva una vulneración de derechos de la población que recibe dichas prácticas, y a su vez la intromisión en el campo profesional del psicólogo/ga con la consiguiente imposibilidad de un ejercicio responsable de su profesión.
Por otro lado no pasa desapercibido en algunos casos, que los mismos psicólogos favorecen dichas situaciones al formar parte de procesos formativos de difusión y divulgación de dichos instrumentos, incurriendo en violaciones éticas. Al mismo tiempo, se han difundido pruebas o tests que no tienen un aval científico y teórico que demuestren su eficacia como técnica de evaluación y que son utilizados la mayor de las veces por esas personas que no son psicólogos/as.
También la Resolución 343/09 que establece en los Contenidos Curriculares básicos el área de la EVALUACIÓN Y DIAGNOSTICO PSICOLOGICOS diciendo que “Se refiere a los conocimientos teórico-instrumentales que permiten adquirir las destrezas necesarias para la evaluación, diagnóstico y pronóstico psicológico, según la edad del sujeto, las diferentes demandas y las peculiaridades de cada ámbito de aplicación.” y estableciendo una carga horaria importante y significativa que nos permite concluir que la evaluación psicológica es una práctica exclusiva de la psicología profesional y en diferentes contextos o campos de aplicación de la psicología.
Aunque la psicología ha sido reconocida como de interés público por el Ministerio de Educación de la Nación, y la práctica profesional de los psicólogos ha adquirido su importancia en los últimos años por todos los sectores sociales, sostenido esto por la regulación de la profesión en todos los estados provinciales aún en aquellos que no tienen Colegios como órgano de contralor, y que la evaluación psicológica es uno de los temas centrales de la psicología como ciencia y profesión, no se ha podido impedir el avance de situaciones como las descriptas al comienzo.
Por todo esto, resolvemos que:
Buenos Aires, 3 de diciembre de 2011